Desplazamientos y Estancias Temporales para Trabajadores Convivientes
Según el Contrato Colectivo Nacional del Trabajo Doméstico, los trabajadores convivientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14, párrafo 1, pueden estar obligados a desplazarse o a acompañar al empleador en estancias temporales en otros municipios o en residencias secundarias, si así se solicita.
Durante estos desplazamientos, se garantiza a los trabajadores el derecho a los descansos semanales. Además, se especifica que los gastos de viaje cubiertos directamente por los trabajadores en estas ocasiones serán reembolsados. Adicionalmente del reembolso de gastos, se establece una dieta diaria equivalente al 20% del salario mínimo diario, para los días de desplazamiento o estancia temporal, a menos que estas condiciones ya hayan sido acordadas en la carta de contratación.
Estas disposiciones buscan proteger los derechos y el bienestar de los trabajadores convivientes, asegurando un adecuado reconocimiento económico para las necesidades particulares asociadas a los desplazamientos laborales.
Art.33 Desplazamientos
1. El trabajador conviviente, según el art.14, párrafo 1, está obligado, si el empleador lo solicita, a realizar desplazamientos, es decir, a acompañar al empleador o a la persona bajo su cuidado, en estancias temporales en otro municipio y/o en residencias secundarias. En dichos lugares, el trabajador disfrutará de sus descansos semanales.
2. En los casos de desplazamiento indicados en el párrafo 1, se reembolsarán al trabajador los posibles gastos de viaje que haya cubierto directamente en esas ocasiones. Además, se le otorgará al trabajador una dieta diaria equivalente al 20% del salario mínimo diario, según la tabla A, por todos los días en que haya estado en desplazamiento o en estancias temporales, como se indica en el párrafo 1, salvo en el caso en que dicha obligación esté prevista contractualmente en la carta de contratación.
Risposte a domande comuni
Respuestas a preguntas comunes
Frequently asked questions
Sí, los trabajadores convivientes pueden estar obligados a desplazarse o acompañar al empleador en estancias temporales en otros municipios o residencias secundarias, si así se solicita.
Durante los desplazamientos, los trabajadores convivientes tienen derecho a los descansos semanales y al reembolso de los gastos de viaje directamente cubiertos. Además, reciben una dieta diaria equivalente al 20% del salario mínimo diario por los días de desplazamiento, a menos que se especifique lo contrario en la carta de contratación.
Si el traslado o el desplazamiento ya estaban previstos contractualmente en la carta de contratación del trabajador conviviente, el trabajador no tendrá derecho a la dieta diaria adicional del 20% prevista para los desplazamientos no contemplados en el contrato original. Sin embargo, aún tendrá derecho al reembolso de los gastos de viaje directamente cubiertos durante el desplazamiento.
Conosci quali sono i tuoi diritti e doveri come datore di lavoro domestico
Informati sui tuoi diritti e doveri come datore di lavoro domestico. Visita la nostra pagina dedicata per avere tutte le informazioni necessarie a garantire un rapporto di lavoro equo e rispettoso, assicurando un ambiente di lavoro sereno e produttivo per tutti.
Scopri di più